Se le quitan a uno las ganas de organizar fiestecitas

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En efecto, a la vista de las graves responsabilidades que se le pueden venir encima, se le quitan a uno las ganas de organizar fiestecitas en casa.

Acaso lo que a continuación contemos resulte distante y extraño, pero si pensamos en las barbas de nuestro vecino americano, tal vez nos convenga ir poniendo las propias en remojo.

Nos referimos hoy a la responsabilidad de quienes, al organizar una cena o una fiestecita en casa, se convierten en responsables de los daños resultantes de las tropelías cometidas por quienes salieron de esa casa demasiado contentos. Al menos de oídas, no nos sorprende que se exija responsabilidad a quienes gestionan una empresa en la que se sirve alcohol y asumen, como parte de su responsabilidad profesional, la obligación de responder por los daños causados por aquéllos a los que se les sirvió de más. Pero de ahí a responsabilizar a quienes organizan en casa una fiesta con amigos, mediaba un abismo. Ese abismo ya se lo están saltando en USA y vamos a describirlo brevemente aquí como aviso a navegantes.

En general, parece que en Estados Unidos consideran que la responsabilidad del anfitrión no alcanza a los daños sufridos por el propio bebedor -salvo que éste sea un menor-, pero sí a los daños que éste cause a terceros cuando vuelva conduciendo o cuando realice cualquier otra actividad de riesgo tras haber bebido. Para liberarse de tal responsabilidad, se suele exigir al anfitrión la adopción de algunas medidas de gerencia de riesgos, por ejemplo:

  • Comprobar que no se sirve alcohol a menores de edad.
  • Tratar de cerciorarse de que el consumidor, sea cual sea su aparente grado de intoxicación, no va a conducir después.
  • Evitar que se siga sirviendo alcohol a quienes presenten un grado de intoxicación etílica evidente y preocupante.
  • Informar a familiares y amigos que quieran o deban hacerse cargo del aparente beodo.
  • Llamar a un taxi para devolver a casa, sano y salvo, al afectado.

Esta responsabilidad por servir alcohol en casa puede extenderse a otras personas que sirvan alcohol de manera no profesional, tales como empresas que organicen celebraciones para sus empleados o clientes, comunidades de propietarios que organicen fiestas de vecinos, colegios profesionales, asociaciones, cofradías, peñas, comparsas… que sirvan alcohol a sus miembros y allegados.

No queremos que este artículo quede en el relato de una anécdota. Al fin y al cabo, en el blog de GLARUS IBÉRICA tratamos de divulgar cuestiones interesantes en materia de seguros y de gestión de siniestros. Por ello, queremos llamar a la reflexión sobre dos aspectos concretos:

Primero: ¿cubrirían las pólizas del hogar habituales en el mercado español estas responsabilidades? El texto más habitual en tales pólizas suele decir que se garantiza lo siguiente: “responsabilidad Civil familiar por los daños y perjuicios causados por el asegurado, los miembros de su familia o los empleados que tenga legalmente contratados, en el ámbito de la vida familiar privada”

 ¿Se considera una fiesta en casa un acto de la vida privada? A nosotros no nos cabe la menor duda.

Segundo: ¿deberíamos dejar de considerar la responsabilidad civil de la vida privada o “del cabeza de familia” una cobertura anecdótica o de simple argumento comercial? Creemos que la expansión de la exigencia de responsabilidad por actos de la vida y privada exige contratar y leerse con interés las coberturas de responsabilidad civil del seguro del hogar y pensar que no se trata de un mero adorno para una póliza que queremos para otras cosas o que, simplemente, contratamos porque nos lo exige el banco para mantener la hipoteca.

Y tercero: ¿son suficientes las sumas aseguradas en las pólizas de hogar para cubrir los graves daños personales que pueden causarse en circunstancias como las que venimos describiendo en este artículo? Sinceramente, creemos que no. Tal vez en otro artículo tratemos sobre las llamadas “Pólizas Paraguas”, que ya se comercializan en algunos países para cubrir, de manera específica y con suma suficiente, todas las responsabilidades que se nos pueden exigir en el desarrollo de nuestra vida privada. Es posible que el aseguramiento de la responsabilidad civil privada a través de una garantía de la póliza del hogar deje de ser suficiente en el futuro.

Y a este paso, tal vez en unos años prefiramos invitar a los amigos en el bar de enfrente, cuyo dueño será responsable como profesional del ramo, en lugar de acogerlos en casa.

Justo Jiménez Fuentes – Director General de Glarus Ibérica

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2 respuestas a Se le quitan a uno las ganas de organizar fiestecitas

  1. Adrián dijo:

    Como siempre, un artículo muy interesante y otro ángulo de ver la RC

  2. Josep F. García dijo:

    Hace poco leí en un libro de un famoso autor norteamericano que si consigues tener dinero tienes que protegerte contra las demandas por responsabilidad. Así, por tener dinero, sin más. Siempre se pueden buscar argumentos para que un tercero tenga la culpa de lo que uno hace: el fabricante que no excuyó un mal uso (tabaqueras condenadas por la enfermedad de sus clientes, empresas de armas condenadas por el accidente sufrido por usuarios de sus productos estando borrachos…), el maestro que no tuvo éxito en educarte cívicamente, el gobierno que no efectuó la suficiente vigilancia, los padres que te engendraron… en definitiva, que en la sociedad todos somos responsables unos de los otros… Interesante. USA is different… y que siga siendo así durante mucho tiempo.

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