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Como parte del aluvión de la nueva normativa que afecta a aspectos fundamentales de la práctica aseguradora y de gestión de siniestros, el BOE del pasado 19 de diciembre de 2015 publicó el , Real Decreto 1148/2015 que regula la realización de pericias médicas por parte de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses en las reclamaciones por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor. Realizaremos en este artículo una descripción básica de este nuevo proceso pericial y en otro posterior comentaremos algunas implicaciones y sugerencias para los departamentos de siniestros.
Comenzaremos las cosas por el final: lo primero que llama la atención es la Disposición Adicional Cuarta, que establece que “Las medidas incluidas en esta norma no podrán suponer incremento de dotaciones ni retribuciones ni de otros gastos de personal”.
Algo falla aquí: si con los mismos recursos se va a poder atender el elevado número de solicitudes que puede generar esta norma; una de dos, o los recursos existentes estaban antes infrautilizados o van a pasar a estar desbordados. Y otra cuestión, si la realización de estas pericias obliga a las aseguradoras a pagar un precio público y las Administraciones Públicas no aumentan los recursos que dedican, parece que habrá un generoso saldo positivo a favor de éstas.
Dicho lo cual -y con el consiguiente escepticismo acerca del éxito práctico de esta norma- veremos a continuación algunos de sus aspectos más importantes.
¿A qué ámbitos de actividad se refiere este tipo de pericia?
Solamente a los accidentes de tráfico. Por tanto, no cabe solicitar las pruebas periciales que aquí se regulan para valorar a víctimas e indemnizaciones que procedan de hechos diferentes de la circulación; por ejemplo, responsabilidad civil sanitaria, patronal, profesional, etc.
¿Quién puede solicitar este tipo de pericias médicas?
- El perjudicado por su propia iniciativa.
- O el perjudicado y la aseguradora de común acuerdo.
Es decir, debemos tener en cuenta que la aseguradora no puede solicitar por su cuenta la pericial médica y que, por tanto, tiene que ponerse de acuerdo con el lesionado para hacerlo de forma coordinada o esperar a que éste lo haga por su cuenta.
¿Qué requisitos debe reunir la solicitud para que sea admitida?
Aparte de cumplimentar el impreso establecido, debe acompañarse toda la documentación médica de que se disponga y/o designarse el centro médico en que se halle la historia clínica, debe también acompañarse el consentimiento expreso del perjudicado para someterse a la pericia y para disponer de sus datos personales.
Nos interesa no obstante insistir en uno de los requisitos que debe reunir la solicitud: es necesario que vaya acompañada de la oferta motivada que la aseguradora haya emitido, de conformidad con el artículo 7.2 de la Ley de responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.
Entendemos que no sirve acompañar una respuesta motivada de la aseguradora en la que ésta se haya negado -por el motivo que fuera- a hacer oferta indemnizatoria definitiva.
¿Qué situaciones pueden ser objeto de la valoración?
Sólo situaciones médicas estabilizadas o consolidadas que requieran valoración para una indemnización definitiva.
Por tanto, entiendo que no procede solicitar esta pericial para valorar lesiones en proceso de curación a fin de hacer “ofertas provisionales” o “pagos a cuenta”.
¿Quién recibe el informe?
El informe pericial lo recibe el perjudicado, que es quien lo solicita en cualquier caso, y la aseguradora, que es quien lo paga en todo caso.
¿Quién lo paga?
La aseguradora lo paga siempre, lo haya solicitado o no. E igualmente la aseguradora viene obligada a pagar las pruebas médicas que, en su caso, sean necesarias para poder emitir el informe.
Justo Jiménez Fuentes – Director General de Glarus Ibérica
Coincido con vosotros en el escepticismo acerca de la funcionalidad de este sistema. Difícilmente los forense se conformarán con este considerable aumento de trabajo, sin retribución extra alguna y al colectivo le va a ser muy sencillo disuadir a los letrados de los lesionados de que ésta no es la mejor vía para obtener una pericial de forma gratuita.