Reforma Fiscal 2015: exención para ganancias patrimoniales invertidas en Renta Vitalicia. ¿Un impulso para el seguro de vida?

paper workCerca ya de la fecha de la entrada en vigor de la reforma fiscal de 2015, conviene tener en cuenta que ésta viene con importantes incentivos para aquellos contribuyentes mayores de 65 años que quieran formalizar la contratación de una renta vitalicia y para ello tengan pensada la venta de algún elemento patrimonial.

Actualmente, la ley establece que una ganancia patrimonial obtenida por la venta de la vivienda habitual queda exenta de tributación cuando el titular de la misma es mayor de 65 años. Tras la reforma, además, se añade que la venta de cualquier elemento patrimonial, como pueda ser una segunda vivienda, acciones, bonos, letras del tesoro, etc, que origine una ganancia patrimonial y  realizada por mayores de 65 años, también queda exenta si el importe obtenido se invierte en una renta vitalicia en el plazo de 6 meses con un límite de 240.000 euros.

Esta reforma puede suponer un gran incentivo para la contratación de seguros de renta vitalicia y puede ser un impulso que lleve a las personas mayores de 65 años a decantarse por esta opción en detrimento de otras, como puedan ser depósitos bancarios a plazo, fondos de inversión, acciones, etc. A esto cabe añadir que el tratamiento fiscal del cobro de las rentas vitalicias es muy favorable en IRPF.

Sin duda son buenas noticias para el sector asegurador ya que las rentas vitalicias están instrumentadas como productos de seguro y su gestión recae sobre las compañías de seguros, lo que no deja de ser un muy buen argumento de venta.

A modo de resumen y como consejo: si usted fuera una persona mayor de 65 años y tuviera prevista la venta de algún bien distinto de la vivienda habitual, es aconsejable esperar a venderlo a partir del 1 de enero de 2015, ya que si es un plazo de 6 meses y con límite de 240.000€, lo invierte en renta vitalicia estará exento de tributación el importe obtenido por la venta.

José Ignacio Wesolowski Urbina – Glarus Ibérica

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